Como parte de un juicio por amenazas, la defensa pública penal de Cipolletti sostuvo que una condena no solucionaría un conflicto entre vecinos que arrastraba muchos meses y diversos tipos de peleas. Consideró que se debía recurrir a otros fueros y el imputado fue absuelto.
Se investigaba una situación calificada legalmente para el juicio como amenazas, que había ocurrido en abril de 2021 en Cipolletti. Era parte de un largo conflicto entre dos familias que viven en un complejo de departamentos tipo monoblocks. Según la acusación, el imputado habría increpado a la víctima y le había advertido que podría agredirla.
Los problemas surgían por el uso de una de las dos parrillas del lugar que no se encontraba cercada y esto provocaba que se realizaran reuniones de personas que molestaban a la denunciante. El abogado del Ministerio Público de la Defensa sostuvo que las presuntas amenazas no eran tales, sino que eran declaraciones que se realizaban en el marco de discusiones vinculadas a la convivencia barrial y que según los testigos del caso incluían insultos y groserías.
La defensa logró acreditar que existe un reglamento interno del consorcio. Contempla que, en caso de violar las pautas, el inquilino -como era el imputado- podría ser desalojado. Esa situación había sido planteada ante el juzgado de paz y el fuero civil de esta ciudad y las partes esperan una resolución a un recurso presentado.
El abogado sostuvo que la prueba presentada por la acusación fue insuficiente para corroborar los dichos de la denunciante y que no era esa la intención de su representado, sino que todo se debía a discusiones por la mala relación entre vecinos. Esa tesis fue aceptada por el magistrado a cargo del debate. En consecuencia, se dictó la absolución del imputado recanalizando el caso a otros fueros dentro del sistema de justicia.
Según se explicó desde el Poder Judicial, el derecho penal es la “última ratio” de todo el sistema de derecho y por ende de la administración de justicia. Esa fue la base que utilizó el defensor público para centrar su teoría del caso. Se refería a que siempre que el conflicto pueda abordarse desde otros fueros, debe propenderse a que se solucione allí. Así se evita la persecución penal innecesaria y utilizar condenas penales en casos que pudieran dar respuestas menos lesivas para las personas. Estas podrían incluir sanciones económicas o prestar servicios sociales ad honorem.