A partir del 9 de agosto entrará en vigencia el alcohol cero al volante en Cipolletti, con el objetivo de reducir los factores de riesgo que aumentan la probabilidad de ocurrencias de siniestros viales producidos como resultado del consumo de alcohol, estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias.
La norma prohíbe -en todo el ejido de la ciudad- la conducción con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
Cuando se determine la presencia de alcohol en sangre, la autoridad policial podrá disponer la retención inmediata del conductor, quien tiene derecho a que se le realice un nuevo control a los 15 minutos. En caso de no querer someterse al tiempo de espera, puede autorizar a conducir al acompañante que tenga registro habilitante y que después de realizado el test de alcoholemia, no registre presencia de alcohol en sangre. Asimismo, se dispondrá de la retención del vehículo hasta que pueda ser conducido por una persona capaz, libre de riesgos.
Las multas
Para establecer los montos de las multas se utiliza el valor del SAM (sanción administrativa municipal), según el valor del litro de nafta súper. Actualmente el valor del SAM es de 169,90 pesos y su última actualización fue en junio.
Según se informó, serán penado con multa de 100 a 400 SAM quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes y/o con impedimentos psicofísicos y/o de alcohol, cuando el índice de intoxicación alcohólica comprobada sea de 0,01 a 0,49 por litro de alcohol en sangre en autos, motos, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos y sidecar con más inhabilitación para conducir siempre y cuando el Juez de Faltas lo estime de hasta 60 días.
En el caso que se trate de transporte de pasajeros y de carga, quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes y/o con impedimentos psicofísicos y/o de alcohol, cuando indique una intoxicación alcohólica comprobada, de 0,01 a 0,75 por litro de alcohol en sangre serán penados con una multa de 700 a 1500 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días.
Además, será penado con multa de 500 a 1.200 SAM quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes y/o con impedimentos psicofísicos y/o de alcohol, cuando el índice de intoxicación alcohólica comprobada sea de 0.50 a 0,75 por litro de alcohol en sangre en vehículos automotores, de 0.02 a 0,75 en motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos y sidecar, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos y/o rodados siempre y cuando el Juez de Faltas lo estime de hasta 180 días.
Cuando el índice de intoxicación alcohólica comprobada sea de 0,76 a 1,00 gramos por litro de alcohol en sangre, será penado con multa de 600 a 2000 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días.
En el caso que se trate de transporte de pasajeros y de carga, serán penados con una multa de 800 a 2500 SAM más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días.
Será penado con multa de 700 a 2.500 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días, quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes y/o con impedimentos psicofísicos y/o de alcohol, cuando el índice de intoxicación alcohólica comprobada sea de 1,01 a 1,50 por litro de alcohol en sangre.
En el caso que se trate de transporte de pasajeros y de carga, los conductores serán penados con una multa de 900 a 3.000 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días.
Será penado con multa de 800 a 3.000 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días, quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes y/o con impedimentos psicofísicos y/o de alcohol, cuando el índice de intoxicación alcohólica comprobada sea de 1,51 o más gramos por litro de alcohol en sangre.
En el caso que se trate de transporte de pasajeros y de carga, los conductores serán penados con una multa de 1.000 a 3.500 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días.
La negativa a realizar la prueba constituye falta, la que será sancionada con multa de 900 a 5.000 SAM, más inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo y/o rodado de hasta 180 días a criterio del juez y según la gravedad del caso, más la retención de la licencia de conducir y el respectivo secuestro del vehículo y/o rodado.
La norma
La municipalidad informó que se publicó en el Boletín Oficial Nº 502 la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.714 sobre “Alcohol Cero al Volante”, Código Municipal de Tránsito 490/ 2023 y Código Municipal de Faltas N°401/2023.
Para acceder a la Ordenanza municipal completa se puede ingresar al Boletín Oficial a través del enlace www.cipolletti.gob.ar/boletines.php.